Deliverys podrán circular hasta las 12:00 AM
En lo adelante, esos establecimientos podrán ofrecer el servicio a domicilio hasta las 12:00 de la noche, aumentando una hora más para que los deliverys puedan circular en las calles.
Anteriormente el horario establecido para este tipo de servicios era hasta las 11:00 de la noche.
“Se modifica el numeral 1 1 del artículo 4 del decreto núm. 698-20, del 15 de diciembre de 2020, que establece el toque de queda y otras medidas de distanciamiento social en e l territorio nacional, para que en lo adelante diga lo siguiente: Empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 12 a.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales”, indica el decreto 718-20.
No hay comentarios.