La JCE manda a parar actividades proselitistas antes de tiempo
A través de un comunicado de prensa, el pleno del órgano electoral, encabezado por su presidente Román Jáquez Liranzo, advirtió que en caso de que se mantengan con esas actividades aplicarán las penalidades que establece la ley de Partidos.
“Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos o cualquier otra persona física o jurídica, pública o privada, sin perjuicio de las demás leyes que les sean aplicables, que incurran en las violaciones indicadas a la presente ley, serán susceptibles de las sanciones siguientes: 8) Los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura. La Junta Central Electoral será responsable de hacer cumplir esta disposición”, reza el numeral 8 del artículo 78 de dicha ley.
La institución manifiesta que el artículo 280 de la ley de régimen electoral dice que será aplicada una sanción administrativa de uno a 200 salarios mínimos a aquellos que organizaren manifestaciones, mítines o reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña electoral proclamada por la entidad y después del cierre de ésta y a los partidos y agrupaciones políticas que desarrollaren manifestaciones, mítines o reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña electoral proclamada por la JCE y después del cierre de ésta.
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