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"Relaciones sexuales no consentidas" en la pareja serán penalizadas como violación

Santo Domingo, RD.-  Tras fuertes discusiones, los legisladores “llegaron a un consenso” y acordaron penalizar, dentro del proyecto de Ley del Código Penal, las relaciones sexuales no consentidas entre parejas con la misma sanción que una violación.

El reciente revuelo que tuvo el artículo en las redes sociales fue la razón por la cual la comisión bicameral decidió abocarse a únicamente discutir el tema este miércoles.

Y luego de dos horas reunidos, el senador de La Vega y miembro de la comisión, Ramón Rogelio Genao, quien antes había defendido mantener una diferencia entre las violaciones, dijo que se aprobó una propuesta que supuestamente él depositó, para rediscutir el artículo y retomar su “redacción original”.

“Se acaba de aprobar la propuesta nuestra que depositamos el pasado lunes, que pedimos la rediscusión del artículo 134 de relaciones no consentidas, que con la renumeración es el 135, de que se sancione con las mismas penas (que la violación) en 4 circunstancias”, dijo Genao.

En ese sentido, especificó que las cuatro circunstancias bajo las cuales se puede considerar y penalizar como una violación bajo una condena de 10 a 20 años son:

  1. Si se emplea engaño, fuerza, violencia, intimidación o amenaza o coerción.
  2. Si se anula por cualquier medio, sin el consentimiento de la víctima, la capacidad de consentir.
  3. Si la víctima se encuentra imposibilitada para comprender la naturaleza del acto en el momento que se realiza con enfermedad mental, sea temporal o permanente.
  4. Si se obliga o intimida a la pareja con violencia física o psicológica a participar o involucrar en una relación sexual no consentida con terceras personas.

Además, se agregó un párrafo adicional donde establece que en ningún caso se considerará a una persona menor de edad en capacidad de consentir una relación sexual.

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