Titulares

Abogados presentarán acción de amparo contra proceso de registro para motociclistas impuesto por el Intrant

Santo Domingo, RD.-  Ángel Leonel Canó representante de un grupo de abogados del país informó que él junto al grupo de juristas depositaron una Acción de Amparo de Extrema Urgencia ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en contra de la puesta en marcha del plan  impuesto por el Instituto de tránsito y Transporte (Intrant) para registrar a los motociclistas.

Esta denuncia le fue manifestada al director del Listín Diario Miguel Franjul, como respuesta a su editorial del sábado 16 de junio llamado “Máquinas de la muerte”. A continuación dejamos la comunicación.


Saludos Sr. Franjul.


Gracias por abrir la oportunidad de arrojar un poco de luz a lo que hemos comentado por Instagram, en cuanto a su editorial “Máquinas de la Muerte”.

Verdaderamente las estadísticas de motocicletas en nuestro país no corresponden con una que pretenda proteger la vida y cuidar a los usuarios de motos.


 Sin embargo, un gran segmento de nuestra población sí se preocupa por continuar protegiendo su vida, conducir la moto con prudencia y disfrutar de las emociones y libertad que ofrece pasear en moto, o simplemente poder usar de manera segura la motocicleta como elemento de transporte en la vida cotidiana y trabajo.


Al margen de esto se encuentra la regulación, con  autoridades actualmente más enfocadas en fiscalizar y hacer la vida algo imposible para el motociclista, que en educar y guiar al conductor hacia un estilo de vida más seguro.


 Sumado a un marco jurídico precario y carente de contexto local por haber sido este importado desde Colombia.


Lo que actualmente acontece en el país, es un proceso de “registro” que las autoridades fundamentan como uno que se desprende del plan “Mi País Seguro”. Este último es un intento loable del Gobierno central de enfocar ciertas políticas a reducir la inseguridad ciudadana que todos sufrimos.


Desde 2021 identificamos que el plan, para registrar las motocicletas, carece de fundamento legal por no estar dentro de las atribuciones del INTRANT, ni expuesto como un registro obligatorio en la ley 63-17, lo que SUMAMENTE delicado. Es importante puntualizar algunos elementos a fin de  edificarle, y el por qué constituye una franca violación a los derechos fundamentales:


•  En la ley 63-17 de tránsito, ni en alguna otra incluyendo el reglamento de tránsito, existe este registro, ni se atribuye al INTRANT la ejecución de políticas de seguridad ciudadana. Esto es usurpación de funciones de otros órganos estatales, violando el derecho fundamental a la buena administración.


• Con la ejecución de esto, se registran motos ya previamente registradas conforme a la ley en la DGII, encentrándose estas al día en su documentación legal para la circulación.

 

Entiéndase placa, matrícula y seguro de ley, únicos requisitos establecidos en la ley para la circulación legal, además de tener la licencia.


•  El INTRANT a través de este registro justifica la entrega de una licencia paralela a la que ya se establece en la ley, violando el propio marco legal de tránsito que indica que los ciudadanos solo deben tener una (1) licencia con las categorías de conducción autorizadas.


•   Esta “licencia” paralela a la licencia legal y regular establecida en la ley, constriñe sin objeto real alguno la motocicleta y el propietario, al uso de ESA motocicleta con ESE casco, violando el derecho de propiedad y libertad de tránsito del usuario.


•  Además, se le asigna una numeración y código QR, con almacén de datos en un dominio web privado (intramoto.com) en lugar de uno público (.gob.do), dejando el manejo de la información ciudadana en manos de terceros fuera de la administración pública, violando los derechos fundamentales a la intimidad y honor personal, además de la ley de protección de datos.


•   Al momento de fiscalizar se configuran las violaciones más delicadas. El primer elemento es la presunción de inocencia en tanto, sin haber cometido alguna infracción, el motociclista es acosado, detenido, y “de no encontrarse registrado” se incauta la motocicleta sin mediar palabras aun cuando este conductor tenga toda su documentación al día. Esto como si todos los motociclistas, de facto, son delincuentes y transitan de manera ilegal con su documentación al día. El segundo elemento, se corresponde al derecho de propiedad, ya que sin existir una disposición legal que avale dicha incautación o una sentencia condenatoria que la ordene, el motociclista es despojado en plena vía pública de su bien. Esto ya ha sido fallado en múltiples ocasiones, incluso por la SCJ, donde se ha establecido que este tipo de incautaciones son francamente inconstitucionales e irregulares.


En fin Sr. Franjul, la lista de elementos ilegítimos  de este registro es bastante extensa y las autoridades han hecho caso omiso. Por tal razón desde 2021 hemos elevado nuestra voz con el #YoAndoLegal además de que sometimos este al Defensor del Pueblo, ordenándole dicho órgano al INTRANT “abstenerse de ejecutar el registro” por no encontrarse enmarcado en la ley y configurar violaciones de derechos fundamentales.


Aprovecho la ocasión para hacer de su conocimiento que recientemente un grupo de profesionales unidos hemos depositado una Acción de Amparo de Extrema Urgencia la cual será conocida por el TSA el próximo miércoles 20 de julio, a las 9am. Albergamos la esperanza de poder detener tan arbitraria medida que está provocando más daño que bien a la población, afectando los derechos económicos y sociales, sumados a la estabilidad emocional y psicológica de todos los usuarios de motocicletas. Además, el precedente de permitir esto es funesto: hoy es con las motos, pero mañana será con otras cosas.


Actuar fuera de la ley siempre será improcedente.

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